Categorías de visas en panamá, según la legislación migratoria (Decreto Ley 3 de 2008)

Migración Panamá:

¿Cuales son los tipos de VISA que existen y cual me conviene?

En Panamá desde que entro en vigencia el Decreto Ley 3 de 2008,  existe la posibilidad de que siendo extranjero se pueda aplicar por diferentes tipos de visas tanto de permanencia temporal como de permanencia definitiva. Aquí te mostraremos como lo han desglosado en categorías según la ley panameña.

 VISAS DE NO RESIDENTE EN PANAMÁ

Las Visas de No Residente se otorgan a aquel extranjero que ingresa ocasionalmente al país, no teniendo ánimo de establecer su residencia, ni de abandonar la residencia del lugar de origen mientras se encuentra en Panamá, debiendo contar, al mismo tiempo, con recursos económicos propios y suficientes para mantenerse mientras dure su permanencia en Panamá, debiendo dejar el país cuando el plazo de su visa expire.

Esta visa aplica a Turistas, Pasajeros en tránsito, marinos y a personas que visiten el país por corto tiempo.

Todos los extranjeros que ingresen a Panamá, bajo la visa de turista, podrán solicitar el cambio de categoría migratoria, para lo cual deberán solicitar una extensión de hasta sesenta (60) días adicionales para completar la documentación, siempre que dicha solicitud de extensión cumpla con los requisitos establecidos por los reglamentos panameños.

¿Quienes necesitan esta VISA?

Todos los nacionales de países que no hayan suscrito acuerdo de supresión de visa con la República de Panamá, deberán tramitar ante el Servicio Nacional de Migración o las oficinas del Servicio Exterior, visas de turismo, según lo señale el listado que apruebe la autoridad competente.  Para descargar la lista de países que requieren VISA haga clic aquí.

Si usted desea obtener una VISA de residencia en Panamá o conocer como puede obtener un permiso de trabajo en Panamá al final del articulo encontrara el contacto telefónico de un abogado que le podrá dar una consulta sin costo.

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VISAS DE RESIDENTE TEMPORAL EN PANAMÁ

Esta VISA es aplicable para los extranjeros o  sus dependientes que quieran ingresar a Panamá por razones laborales, de políticas especiales, de educación, de cultura, religiosas, humanitarias y de re-agrupación familiar, entre otras subcategorías, por un período de hasta seis (6) años, salvo en aquellos casos en que las leyes especiales y los convenios internacionales establezcan otros períodos.

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 VISAS DE RESIDENTES PERMANENTES EN PANAMÁ

Es la ideal para al extranjero o a sus dependientes que quieran permanecer en Panamá, luego de transcurrido el período de dos (2) años, salvo en aquellos casos en que las leyes especiales y los convenios internacionales establezcan otros períodos.

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VISA DE PERSONAL DE SEDE DE EMPRESA MULTINACIONAL

Esta visa se crea para los extranjeros que entren al pais como trabajadores de empresas multinacionales con sede en Panamá, la categoria se divide asi:

A. Visa para Personal Permanente de Sede de Empresa Multinacional

B. Visa para Personal Temporal de Sede de Empresa Multinacional

C. Beneficios

CAMBIO DE CATEGORÍA DE VISAS EN PANAMÁ

El nuevo régimen migratorio permite que los extranjeros no residentes puedan realizar cambios de categoría y solicitar un estatus migratorio y una visa diferente a la originaria, salvo que la categoría de visa no lo permita.

Por ejemplo, los extranjeros que ingresen con visa de turista podrán solicitar el cambio de categoría y demandar una visa diferente, ya sea dentro de su tiempo de estadía como turista o dentro de la extensión de cambio de categoría.

Los extranjeros que hayan cumplido el término máximo establecido en el Decreto Ley para los permisos temporales, podrán demandar un permiso de residente permanente cuando esto se encuentre permitido, aportando la documentación que se les exige para la prórroga de residente temporal, salvo en el caso de las visas por razones humanitarias, de educación y por leyes especiales.

VER REGLAMENTACIÓN COMPLETA SOBRE CAMBIO DE CATEGORÍA MIGRATORIA EN PANAMÁ

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